sucesiones y donaciones en andalucia

A partir del 1 de enero de 2018 entrará en vigor la reforma acordada hoy  respecto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía, que situará el mínimo exento en sucesiones entre cónyuges y herederos directos en un millón de euros por heredero.

Para ser beneficiario de esta exención es necesario que el patrimonio previo del heredero no supere los  402.678, 11 €, como actualmente.

En cuanto a las donaciones, a la una exención del 99% en las donaciones en metálico de padres a hijos o descendientes menores de 35 años o con minusvalía igual o superior al 33%, siempre que ese dinero vaya destinado íntegramente a la compra de primera vivienda habitual, se suma una exención para donaciones entre padres e hijos que no superen el millón de euros si el importe íntegro se destina a la creación o ampliación de una empresa unipersonal o un negocio familiar.

La reforma incluye algunas condiciones que, en caso de verse afectado, recomendamos nos consulte.

En Campo & Carrasco, como despacho de abogados especialistas en herencias en Sevilla, le asesoraremos según su caso concreto. No dude en consultarnos a través de nuestra web.

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